Moratoria sobre la ingeniería genética de especies silvestres en ecosistemas naturales
RECONOCIENDO la Resolución 3.007 Moratoria sobre ulteriores introducciones de organismos genéticamente modificados (OGM) (Bangkok, 2004), la Resolución 5.004 Establecimiento de un mecanismo sobre ética (Jeju, 2012), la Resolución 7.123 Hacia la elaboración de una política de la UICN sobre biología sintética en relación con la conservación de la biodiversidad y la Resolución 6.086 Formulación de una política de la UICN sobre la conservación de la biodiversidad y la biología sintética (Hawai‘i, 2016) de la UICN;
CONSCIENTE de que la biología sintética desarrolla nuevas tecnologías para la ingeniería genética, incluidos los impulsores genéticos modificados, y suele dar lugar a organismos genéticamente modificados (OGM), y de que la biología sintética está convergiendo con la inteligencia artificial (IA) generativa para diseñar microorganismos, virus y elementos genéticos;
CONSCIENTE ADEMÁS de las propuestas para extender la ingeniería genética a las especies silvestres en ecosistemas naturales complejos e interconectados, lo que plantea importantes cuestiones conceptuales y de valor, así como retos en materia de bioseguridad;
PREOCUPADO por el hecho de que la ingeniería genética de las especies silvestres en los ecosistemas naturales socava las estrategias establecidas y eficaces de conservación de la naturaleza, muchas de ellas basadas en los conocimientos y las prácticas tradicionales de los pueblos Indígenas y las comunidades Locales;
PREOCUPADO ADEMÁS porque la ingeniería genética de las especies silvestres en los ecosistemas naturales, incluidas las áreas protegidas, no es compatible con las prácticas, los valores y principios de la conservación de la naturaleza ni con la misión y los objetivos establecidos en los Estatutos de la UICN;
RECORDANDO el punto 3 de los principios fundamentales de la Iniciativa sobre Ética de la Biosfera de la UICN, que reconoce el peligro de que se introduzcan creaciones sintéticas en la biosfera;
REAFIRMANDO el valor intrínseco de la diversidad biológica tal como se establece en el Preámbulo del Convenio sobre la Diversidad Biológica;
PREOCUPADO por el hecho de que la ingeniería genética de las especies silvestres en los ecosistemas naturales es irreversible y provoca efectos imprevisibles a lo largo del espacio y el tiempo que podrían agravar la pérdida de biodiversidad y dañar considerablemente los ecosistemas, y que también puede dar lugar a movimientos transfronterizos incontrolables de OGM; y
REAFIRMANDO, por lo tanto, la importancia fundamental de aplicar el principio de precaución, tal como se establece en la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992, en relación con los OGM;
El Congreso Mundial de la Naturaleza de la UICN 2025, en su período de sesiones de Abu Dabi (Emiratos Árabes Unidos):
- SOLICITA una moratoria sobre la biología sintética y los enfoques tecnológicos conexos que: a) incluyan organismos silvestres genéticamente modificados en ecosistemas naturales, incluidos los organismos con impulsores genéticos modificados y las comunidades microbianas modificadas; o b) creen nuevos elementos genéticos en ecosistemas naturales, hasta que el Congreso Mundial de la Naturaleza de la UICN vote formalmente para levantar la moratoria;
- EXHORTA al Grupo especialista en ética de la Comisión Mundial de Derecho Ambiental de la UICN a que evalúe los aspectos jurídicos, éticos y conceptuales de la ingeniería genética de las especies silvestres en los ecosistemas naturales, en relación con las prácticas, los valores y principios de la conservación de la naturaleza y la misión y los objetivos establecidos en los Estatutos de la UICN, y a que informe al Consejo; y
- PIDE al Director General que incluya la presente Resolución y la Resolución 3.007 en los materiales de comunicación pública de la UICN relativos a la biología sintética y la ingeniería genética.
La versión final que se presentará a la Asamblea de Miembros de la UICN se ha publicado aquí.